Getting the Deal Through – Shipping 2019

Por sexto año consecutivo hemos redactado el capítulo relativo a España de la prestigiosa publicación de Derecho Marítimo Getting the Deal Through – Shipping 2019.

El presente capítulo se reproduce con la autorización de Law Business Research Ltd y pertenece a la publicación Getting the Deal Through – Shipping 2019 (publicada en agosto de 2018, siendo su redactor principal el Sr. Kevin Cooper del despacho inglés MFP Solicitors). Getting the Deal Through es una base de datos jurídica que abarca más de 90 áreas de práctica en más de 150 países. Getting the Deal Through proporciona información concisa y actualizada de las principales materias jurídicas en el ámbito de los negocios y de la resolución de controversias.    

Puede obtener más información consultando este link.

Expansión Jurídico – «Reclamaciones por intoxicaciones alimentarias: ¿El principio del fin?»

El diario Expansión Jurídico publica hoy el artículo «Reclamaciones por intoxicaciones alimentarias: ¿El principio del fin? en el que nuestro socio David Diez Ramos analiza como los juzgados británicos empiezan a cambiar su percepción respecto de las reclamaciones contra los hoteles y tour-operadores por gastroenteritis.

La noticia puede leerse aquí.

Nueva empresa colaboradora de Aeutransmer

Nuestro despacho se acaba de incorporar a la asociación Aeutransmer como empresa colaboradora.

El objetivo principal de Aeutransmer es la defensa de los intereses profesionales de las empresas cargadoras y usuarias del transporte de mercancías. Entre los miembros de Aeutransmer se encuentran las principales compañías fabricantes y distribuidoras de nuestro país, representando un volumen total aproximado de 40 millones de toneladas de mercancías transportadas al año. 

Página web de Aeutransmer: www.aeutransmer.com

Consecuencias jurídicas para el transportista por una inadecuada sujeción de la carga.

El 20 de mayo entra en vigor el Real Decreto 563/2017 que establece los criterios técnicos aplicables a la sujeción de la carga en los vehículos. Su incumplimiento puede tener importantes consecuencias jurídicas para los transportistas más allá de una simple multa.

Mucho se ha hablado durante los últimos meses de las sanciones a los transportistas desde que en junio de 2017 se publicase el Real Decreto 563/2017 por el que se transpone en nuestro ordenamiento jurídico la Directiva comunitaria relativa a las inspecciones en carretera de vehículos comerciales.

Y es que el mencionado Real Decreto no sólo establece los criterios técnicos aplicables a la sujeción de la carga en el vehículo, sino que, con independencia de que haya participado o no en dicha operación, considera al transportista responsable de su inadecuada realización. Así el transportista puede ser sancionado con una multa, y la posible inmovilización de su vehículo, cuando el incumplimiento de los criterios de sujeción sea descubierto por las autoridades de tráfico durante una inspección.

Pues bien, a mi entender, se equivocan aquellos que consideran que la sanción administrativa es para los transportistas la única, o sino la principal, consecuencia jurídica de la entrada en vigor del Real Decreto 563/2017. Y es que esta regulación despliega otras consecuencias jurídicas más importantes cuando su contenido se pone en relación con otras normas de nuestro ordenamiento.

En este sentido, la Ley de Contrato de Transporte Terrestre, LCTMM, regula en su artículo 20 el régimen jurídico aplicable a la carga y estiba de las mercancías en el vehículo, admitiendo la posibilidad de que estas operaciones puedan ser asumidas por el transportista en determinados supuestos. De ser así, el transportista es considerado responsable por los daños y pérdidas que puedan sufrir las mercancías durante el transporte como consecuencia de una inadecuada realización de las mencionadas operaciones.

Responsabilidad esta que la propia LCTMM limita atendiendo al peso de la mercancía afectada, salvo en el supuesto en el que la causa del daño o de la pérdida haya sido una actuación dolosa del transportista o una infracción consciente del deber jurídico asumido por éste. En estos casos, el transportista responde por la integridad del daño o de la perdida.

Pues bien, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 563/2017, nuestros tribunales van a tener en cuenta el cumplimiento de los criterios técnicos de sujeción de la carga en el vehículo establecidos por dicha norma para valorar la responsabilidad del transportista en las reclamaciones por inadecuada carga o estiba de las mercancías.

De tal manera que, condenarán al transportista al pago de la integridad de las perdidas o daños causados, sin que pueda beneficiarse de la limitación de responsabilidad de la LCTMM, si llegan a la conclusión de que dichos criterios no fueron aplicados por éste o que lo fueron de una manera inadecuada o impropia atendiendo al grado de diligencia que se esperaba de un buen profesional.

Por otro lado, el Real Decreto 563/2017 tiene también importantes consecuencias para el transportista en su condición de empresario obligado a cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales. Y es que, si se produce un accidente laboral como consecuencia del incumplimiento de las prescripciones técnicas establecidas por el mencionado Real Decreto, se pueden derivar importantes responsabilidades para el transportista-empresario en forma de sanciones económicas, recargos de las prestaciones por falta de medidas de seguridad en el trabajo e incluso, en su caso, responsabilidades penales.

Conforme a lo expuesto, los transportistas deberían adoptar una visión amplia de las consecuencias jurídicas que les supone la entrada en vigor del Real Decreto 563/2017, debiendo preocuparse más por las materias expuestas y menos por las posibles sanciones económicas que se puedan derivar de su incumplimiento, multas estas que, en todo caso considero, pueden ser repercutidas al cargador, en virtud del contrato de transporte, si fue este y no el transportista quien realizó la inadecuada sujeción de la carga.

Autor: Luis Alberto García

Email: lag@rogersco.es 

Artículo publicado por Cadena de Suministro el 10 de abril de 2018.

Cadena de Suministro – «Especial Resumen 2017 – Perspectivas 2018»

Cadena de Suministro acaba de publicar su monográfico “Especial Resumen 2017 – Perspectivas 2018” donde nuestro socio Luis Alberto García ha participado en esta publicación con su artículo «2017: año de trámite en lo legislativo, pero no en lo judicial” que transcribimos a continuación:

El 2017 será recordado por la modificación del régimen jurídico del sector de la estiba para cumplir con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2014 que consideró que nuestra normativa infringía la libertad de establecimiento del Tratado de la Unión.

Así, tras un primer intento fallido y una importante presión por parte de los estibadores, cuyas huelgas paralizaron en varias ocasiones los puertos, el Gobierno aprobó en mayo la nueva regulación.

La reforma no sólo llegó tarde, siendo España multada con 3 millones de euros, sino que además fue incompleta, al dejar al correspondiente desarrollo reglamentario cuestiones fundamentales como la organización de los nuevos Centros Portuarios de Empleo.

En el 2017 se habló largo y tendido sobre dumping social y competencia desleal en el ámbito del transporte terrestre. El sector estuvo muy pendiente del efecto que supondría la transposición de la Directiva europea de trabajadores desplazados. Finalmente, el Consejo de la UE decidió posponer la aplicación de dicha regulación al transporte terrestre hasta la aprobación en 2018 del denominado «Paquete de Movilidad«, cuyo primer bloque normativo regulará el acceso a la profesión y al mercado, el alquiler de vehículos de mercancías sin conductor y los tiempos de conducción y descanso.

El nuevo texto del ROTT también suscitó gran expectación en las empresas de transporte. La regulación del gestor del transporte, la flota mínima, la pérdida de honorabilidad y las modificaciones del régimen sancionador estaban entre las novedades anunciadas. A pesar de que fuentes ministeriales llegaron a afirmar que el texto entraría en vigor en julio de 2017, diversas circunstancias, como el hecho de que el Tribunal de la Unión Europea se haya pronunciado en contra de la legalidad del requisito de la flota mínima, han retrasado su aprobación hasta 2019. 

En lo judicial, noviembre de 2017 nos dejó dos sentencias del Tribunal Supremo de vital importancia para los transportistas y que cambiarán las reglas del jugo en sus relaciones con aseguradoras y cargadores. Así, el Tribunal Supremo reconoció que las cláusulas de debida vigilancia de las mercancías de las pólizas de seguros son cláusulas limitativas de los derechos del asegurado. Por tanto, los transportistas han de ser debidamente informados de su contenido y éstos han de aceptarlas expresamente para que sean consideradas válidas y eficaces. 

Por otra parte, el mencionado órgano judicial confirmó que el derecho del transportista efectivo a reclamar el precio del porte al cargador mediante acción directa no se encuentra limitado por el hecho de que éste ya lo hubiera abonado antes al correspondiente intermediario. Por lo tanto, el cargador deberá de pagar el porte en cualquier caso al transportista efectivo de no haberlo cobrado éste.

Finalmente, ¿qué nos deparará este 2018?. 

A nivel nacional se abordará, entre otras cuestiones, el Reglamento General de Carreteras, la regulación de la actividad de consignatario, la modificación del régimen de las titulaciones de la Marina Mercante y la adaptación del servicio de practicaje al marco europeo. A nivel internacional el tema principal será, como no, el Brexit. Y es que empezaremos a ver cómo se regirá el mercado tras la separación definitiva prevista para marzo de 2019.

Autor: Luis Alberto García

Email: lag@rogersco.es

Jornada – «Evolución y tendencias en el sector logístico» – Valencia

Nuestro socio Luis Alberto García participará el 19 de abril en la jornada gratuita sobre «Evolución y tendencias en el sector logístico» organizada en Valencia por la correduría internacional de seguros Willis Tower Watson. Luis abordará en su ponencia los restos jurídicos de la logística 4.0.

Aquellos profesionales interesados en asistir encontrarán más información sobre el evento aquí.